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Parole Humanitario para Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, ¿Qué ha cambiado?

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El 30 de mayo de 2025, la Corte Suprema de Estados Unidos autorizó al gobierno actual de terminar el programa de parole humanitario que permitía a más de 500,000 migrantes de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela residir temporalmente en el país. Esta decisión revierte una política implementada durante la administración de Joe Biden y ha generado preocupación entre las comunidades afectadas.

Fechas clave

  • 25 de marzo de 2025: El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) publica en el Registro Federal la terminación oficial del programa para Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela (CHNV).
  • 24 de abril de 2025: Fue la fecha límite para que los beneficiarios actuales del parole para Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela (CHNV), abandonen EE.UU. o regularicen su estatus migratorio.

¿Qué implica esta decisión?

  • Cancelación de permisos existentes: Todos los permisos de libertad condicional otorgados bajo el programa CHNV se consideran finalizados a partir del 24 de abril de 2025, a menos que el beneficiario haya solicitado asilo, ajuste de estatus u otra vía legal para permanecer en el país.
  • Revocación de autorizaciones de viaje: El gobierno cancelará todas las autorizaciones anticipadas de viaje (ATA) en trámite o ya aprobadas que no se hayan utilizado.
  • Anulación de formularios I-134A: Todos los formularios I-134A aprobados, utilizados por patrocinadores para apoyar a solicitantes de parole, serán rescindidos.
  • Riesgo de deportación: Los beneficiarios que no hayan iniciado trámites legales para regularizar su estatus deberán abandonar EE.UU antes del 24 de abril de 2025 o enfrentarán procedimientos de deportación acelerada.

¿Qué opciones tienen los afectados?

Los migrantes que se beneficiaron del programa CHNV y que aún se encuentran en EE.UU. deben considerar las siguientes alternativas para regularizar su estatus migratorio:

  • Solicitar asilo: Si enfrentan persecución en su país de origen.
  • Aplicar al Estatus de Protección Temporal (TPS): Si su país de origen está designado para este programa.
  • Ajuste de estatus: Si tienen familiares directos ciudadanos o residentes permanentes en EE.UU.
  • Visas humanitarias: Como las visas U o T, si son víctimas de ciertos crímenes o trata de personas.

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